Seguro de
Accidente
Escolar
2023-2024

Seguro de
Accidente
Escolar
2023-2024

El seguro de accidentes personales escolar, contratada con el respaldo de Mapfre, ampara cualquier accidente del alumno durante las 24 horas del día y los 365 dias del año, así como también ampara las siguientes enfermedades: poliomielitis, amigdalitis y apendicitis.

Coberturas

Las coberturas ofrecidas a través de la Póliza de Accidente Escolar son las que se indican a continuación:

1. Gastos Médicos (USD 10.000)

Están cubiertos los gastos médicos y/u hospitalización derivados de un accidente o enfermedad cubierta por la póliza.

2. Cobertura de Servicio Mediphone

El alumno podrá utilizar el servicio de asistencia médica in situ, por accidentes o enfermedad, que se origine o manifieste mientras se encuentre dentro de las instalaciones del colegio.

3. Muerte

Indemnización al representante o beneficiario indicado en la póliza, por la cantidad de USD 10.000, por el fallecimiento del alumno, causado por un accidente o una enfermedad de las amparadas en la póliza.

4. Invalidez Permanente

En caso de una invalidez total y permanente del alumno, producida por un accidente, el representante recibirá hasta la cantidad de USD 10.000.

5. Otras coberturas:

- Cobertura de Culminación Año Escolar (hasta USD 500).
- Cobertura de Servicio Oftalmológico de Emergencia (Servicio sólo con médicos de la Red).
- Cobertura de Atención Odontológica por Accidente (Servicio sólo con médicos de la Red).
- Cobertura de Servicio Funerario (Por servicio, hasta USD 1.000).

Cobertura

Capital Asegurado Individual

Muerte

10.000

Invalidez Permanente

10.000

Gastos Médicos

10.000

Mediphone

Incluida

Individual

Total Prima Bruta

60

Condiciones

Vigencia

La póliza tendrá fecha de inicio el 01-10-2023 hasta el 01-10-2024

Forma de Pago

Anual

Prima

60 usd (incluido igtf)

Seguro de Accidentes Personales

A continuación se detallan las coberturas ofrecidas en el seguro de accidentes personales

I. ACCIDENTES Y ENFERMEDADES
Ampara accidentes y las siguientes enfermedades: Poliomielitis, Amigdalitis y Apendicitis; las veinticuatro (24) horas del día y los 365 días del año.
Las coberturas ofrecidas a través de la Póliza Dorada Escolar son las que se indican a continuación. Para su contratación es necesaria la cancelación de la prima correspondiente a cada una de ellas.

Esta cobertura establece que, si a consecuencia de un accidente o una enfermedad sufridos por el Asegurado y amparado por la póliza, le sobreviniere la muerte (dentro del año contado a partir de la fecha de ocurrencia de uno de estos eventos), MAPFRE La Seguridad, C.A. De Seguros, pagará a los Beneficiarios el Capital Asegurado por Muerte, vigente para el momento del accidente o del diagnóstico de la enfermedad (a los efectos de esta póliza sólo se encuentran amparadas las siguientes enfermedades, así como sus consecuencias, siempre que se encuentre indicado en el Cuadro Póliza: poliomielitis, amigdalitis y apendicitis).

Si a consecuencia de un accidente sufrido por el Asegurado y amparados por la póliza, le sobreviniere, dentro del año contado a partir de la fecha de su ocurrencia, alguna invalidez de las enumeradas en nuestra Escala de Indemnizaciones, La Empresa de Seguros, pagará la cantidad resultante de aplicar el porcentaje estipulado en dicha escala al Capital Asegurado vigente para el momento del accidente.

Cobertura para los gastos derivados de una intervención quirúrgica, hospitalización o atención médica como consecuencia de un cubierto por la póliza.

Se incluye la Cobertura de Culminación del Año escolar en curso hasta $500,00 en caso de fallecimiento del Representante Legal del alumno ante el colegio.

Condiciones de la cobertura:
La misma se activa al momento de presentarse la Muerte del Representante Legal del Alumno ante el colegio, la cual consiste en garantizarle el pago de las mensualidades restantes del año en curso.
El evento debe ser notificado dentro de los treinta (30) días continuos de la fecha de ocurrencia del fallecimiento.

Emergencia Oftalmológica de Emergencia: Cualquier ocasión inesperada o repentina que amerita atención oftalmológica paliativa urgente o apremiante que origine los servicios cubiertos por este Anexo, y tenga como origen cualquiera de las siguientes causas: irritación, lagrimeo o enrojecimiento ocular.

La cual ofrece los siguientes servicios a través de la Red de Proveedores establecida por la Compañía:

Urgencia: se define como un evento inesperado o repentino que dé ligar a tratamientos odontológicos por este servicio, con la finalidad de tratar situaciones originadas por las siguientes causas: Dolor, Inflamación o Hemorragia. Incluye:

a) Servicio de Urgencia Odontológica:
Medicina Bucal: Historia Clínica de Urgencia (Diagnóstico, Pronóstico y Plan de Tratamiento).
Periodoncia: Tartrectomía Simple.
Operatoria: Amalgama en dientes posteriores, resina fotocurada en dientes anteriores, vidrio ionomérico en el cuello de los dientes (Clase V).
Endodoncia: Endodoncias monorradiculares, birradiculares, multiradiculares, pulpotomías, curas formocresoladas y capielos.
Cirugía: Exodoncia simple de dientes temporales y permanentes.
Radiología: Radiografías periapicales y/o coronales tomados en el consultorio.
Urgencias: Endodónticas, periodontales y protésicas.


b) Servicio de Prevención Odontológico:
Periodoncia: Tartrectomía simple y profilaxis dental.
Prevención: Sellantes de fosas y fisuras, aplicación tópica de flúor.

Servicio gratuito, limitado hasta el monto de $1.000,00, el cual tiene como objeto otorgar en caso de fallecimiento del asegurado:
➢ SERVICIOS FUNERARIOS
✓ Preparación y arreglo normal del fallecido
✓ Almacenamiento, servicios de capilla y cafetín
✓ Oficios religiosos, habitación de descanso
➢ SERVICIOS GENERALES
✓ Diligencias de ley, certificado de defunción.
✓ Gestiones necesarias para el sepelio o cremación
✓ Participación en la prensa local, arreglo floral
➢ SERVICIOS DE TRANSPORTE
✓ Traslado del fallecido desde el lugar del fallecimiento en el territorio nacional, hasta la funeraria y hasta el cementerio en la ciudad de residencia.
✓ Cortejo fúnebre.
➢ SERVICIOS DE CEMENTERIO
✓ Cremación
✓ Inhumación con parcela:
▪ Parcela en el cementerio (máximo 2 puestos)
▪ Inhumación: ataúd y lápida

Servicios de atención domiciliaria que se prestará siempre que le haya ocurrido una emergencia o urgencia médica al ASEGURADO dentro de los locales o predios del Colegio y durante su permanencia en el mismo, para el desarrollo de las actividades que le corresponda realizar, este servicio se prestará durante el año escolar y siempre que se tenga contacto permanente con los representantes del Colegio o padres del ASEGURADO. Esta cobertura incluye:
a) Servicio de Información: Sobre las farmacias de turno más cercanas al lugar donde se encuentre el Asegurado o los Centros médicos u hospitalarios convenidos por la Compañía Aseguradora para dar la asistencia.
b) Orientación Médica Telefónica permanente: Son aquellas recomendaciones médicas telefónicas que los médicos de la Compañía Aseguradora ofrecerán a los representantes del Colegio o padres del Asegurado.
c) Asistencia Médica en el Colegio: Si la solicitud de servicio lo amerita, se prestará Asistencia Médica en el Colegio según el siguiente esquema:
• Orientación médica telefónica (Código Blanco): Se trata de la orientación médica vía telefónica dando un soporte básico a los representantes del Colegio o padres del Asegurado ante determinadas patologías.
• Urgencias Médicas (Código Verde): Se trata de una asistencia médica primaria en el Colegio a cargo del personal médico, para atender patologías comunes y/o enfermedades crónicas que no revistan peligro inminente para el Asegurado.
• Urgencia Médica (Código Amarillo): En caso de una urgencia médica se enviará a un médico para la atención del paciente en el Colegio. Si el médico lo considera y lo solicita, tendrá el respaldo de un aunidad médica (Ambulancia), o del medio de transporte que considere más idóneo para el traslado del Asegurado a un centro médico que será especificado por los representantes del Colegio o padres del Asegurado.
• Emergencias Médicas (Código Rojo): Se enviará el personal médico con una unidad médica (Ambulancia) hasta el lugar de ocurrencia. Posterior a la estabilización del Asegurado, éste será trasladado a un centro médico que será especificado por la Compañía Aseguradora garantizando el ingreso del Asegurado.
d) Traslado de Retorno: Después que el Asegurado haya presentado un Código Rojo tramitado por la Compañía Aseguradora y una vez dado de alta médica en el Centro de Salud, éste podrá solicitar con al menos veinticuatro (24) horas de antelación una unidad de traslado de retorno a su domicilio dentro de la misma ciudad de ocurrencia del hecho.
e) Servicio de TELEMEDICINA: Servicio por el cual los usuarios podrán obtener orientación médica eficiente, en temas relacionados a Atención Primaria de Salud a distancia por medio del uso de tecnologías de comunicación (Aplicación en el teléfono/Tablet)

Se garantiza el servicio en las ciudades que se mencionan a continuación
Acarigua
Guarenas
Puerto Ordaz
Barcelona
Guatire
Punto Fijo
Barinas
Juan Griego
Punta de Piedras
Barquisimeto
La Asunción
San Antonio de los Altos
Cabimas
La Guaira
San Carlos (Cojedes)
Cabudare
Los Guayos
San Cristóbal
Cagua
Los Teques
San Diego (Carabobo)
Caracas
Maracaibo
San Félix
Charallave (*)
Maracay
San Fernando de Apure
Ciudad Bolívar
Maturín
San Juan de los Morros
Ciudad Ojeda
Mérida
Santa Teresa (*)
Coro
Palo Negro
Turmero
Cua (*)
Península de Macanao
Valencia
Cumaná
Porlamar
El Encantado
Guácara
Puerto la Cruz
Hoyo de la Puerta
Parque Caiza
La Victoria
Santa Rita

(*) En estas ciudades se brindará servicio de envío de Unidad Médica (Ambulancia) solo para realizar traslados programados.
Las ciudades que no se encuentren en la lista la atención podrán utilizar la Orientación medica telefónica.

II. FORMA DE PAGO
Las primas que se presentan en este proyecto deberán ser canceladas en forma anual.
III. ADMISIBILIDAD
Son admisibles las personas menores de veintiún (21) años.
IV. ASEGURABILIDAD
La cobertura otorgada por esta Póliza cesará cuando el Asegurado cumpla la edad de veintiún (21) años o cuando culmine con el Tomador la relación educativa, lo que ocurra primero.
V. LIMITE CATASTRÓFICO
$50.000
VI. Solicitud de servicio para las claves de emergencia (accidentes, servicios odontológicos y oftalmológicos).
Deberán comunicarse con nuestro servicio de emergencia SI 24 a través del número 0-800-SEGUROS (0-800-7348767) o 0-8000-MAPFRE (0-8000-627373) y suministrar la siguiente información: Identificación del colegio, nombre del alumno, lugar donde se encuentra el asegurado, causa probable del siniestro.
VII. SOLICITUD DEL SERVICIO FUNERARIO (NO APLICA REEMBOLSO)
Al ocurrir el fallecimiento del asegurado deben comunicarse con la empresa de seguros de manera inmediata, para otorgarles el servicio.
✓ 0-800 Seguros (7348767)
✓ 0-8000 Mapfre (627373)
Para la prestación del servicio a través de la red de proveedores deben indicar los siguientes datos:
✓ Nombres y apellidos y número de C.I. del asegurado fallecido
✓ Causa probable del fallecimiento, lugar donde se encuentra el fallecido.
NOTA IMPORTANTE:
✓ Coberturas que sólo se activan por el 0-800 Seguros (87348767) ó el 0-8000 Mapfre.
✓ Incluye Servicio de Emergencia Oftalmológica
✓ Incluye Servicio de Emergencia Odontológica.
✓ Incluye Servicio Funerario
✓ Incluye Cobertura Culminación Años Escolar.

©2023 Willian Meza Corredor de Seguros